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La Asamblea General elegirá entre sus miembros un Presidente y un Vicepresidente, cuyos nombramientos tendrán la duración de un año, pudiendo ser reelegidos por periodos iguales y sucesivos y, en su caso, removidos en cualquier momento por acuerdo de la Asamblea convocada al efecto con carácter extraordinario. Los cargos de Presidente y Vicepresidente son gratuitos, y en caso de ausencia o enfermedad, el primero será substituido por el segundo con todas sus facultades. Actuará como Secretario, sin voz ni voto, el que lo sea del la Dirección del Puerto.