Herramientas de Accesibilidad

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Las operaciones de ensayos de motores, uso de reflectores, carga de baterías y otras de cualquier clase, tanto en mar como en tierra, que por resultar ruidosas o simplemente molestas, puedan incomodar a otros usuarios, no se podrán realizar antes de las diez horas ni después de las veinte horas, ni entre las trece y las dieciséis horas, siendo en todo caso precisa la previa autorización de la Dirección del Puerto.